Cabildo Insular de Tenerife
convocatoria para la concesión de ayudas para la realización de prácticas profesionales no laborales en el marco del Proyecto “Becas África”
OBJETIVO:
concesión de hasta 33 Ayudas, para la realización de prácticas profesionales no laborales en el marco del Proyecto “Becas África”
ACCIONES Y BENEFICIARIOS:
1.1.- Nacionalidad.Ser español/la.
Ser nacional de un Estado miembro de la Unión Europea o de los restantes Estados parte del Espacio Económico Europeo.También podrán participar, cualquiera que sea su nacionalidad, el/la cónyuge de españoles, de nacio-nales de Estados miembros de la Unión Europea o de los restantes Estados parte del Espacio Económico Europeo, siempre que no estén separados/as de derecho.
Asimismo, con las mismas condiciones podrán participar sus descendientes y los de su cónyuge, siempre que no estén separados/as de derecho, que sean menores de veintiún años o mayores de dicha edad dependientes.
Ser nacional de algún Estado al que en virtud de los Tratados Internacionales celebrados por la Unión Europea y ratificados por España le sea de aplicación la libre circulación de trabajadores/a
Haber cumplido los 18 años en el momento de finalizar el plazo de presentación de solicitudes.
Tener residencia habitual e ininterrumpida en Tenerife, al menos durante los dos últimos años, tomando como fecha final del cómputo la de finali-zación del plazo de presentación de solicitudes.
Titulación:
a) Haber concluido los estudios a la fecha de fi-nalización del plazo de presentación de solicitudes.
b) Estar en disposición en el momento de presen-tación de la solicitud de alguna de las Titulaciones seguidamente indicadas:Grados o titulación equivalente en alguna de las ramas de conocimiento: Ciencias Sociales y Jurídicas; Artes y Humanidades; Ciencias; Ciencias de la Salud; Ingeniería y Arquitectura.Formación Profesional: Ciclos Formativos de grado medio o grado superior.Certificado de profesionalidad en sus distintos niveles.En los casos de titulaciones obtenidas en el extran-jero se deberá estar en posesión de la credencial que acredite su homologación. Este requisito no será de aplicación a quienes aspiren y hubieran obtenido el reconocimiento de su cualificación profesional, en el ámbito de las profesiones reguladas, al amparo de las Disposiciones de Derecho Comunitario. Asimismo, en caso de que se alegue título equivalente deberá acreditarse su equivalencia.
Estar desempleado/a (no encontrarse realizan-do actividad remunerada para organismos, institucio-nes o empresas) en el momento de aceptar la ayuda, en el caso de resulte propuesto como beneficiario/a, ni durante el disfrute de la misma.
No estar en posesión de otra beca, en el momento de aceptar la ayuda, en el caso de resultar beneficiario/a, ni haber sido beneficiario con ante-rioridad de una ayuda del programa Becas África.
Nivel mínimo A1 de francés o portugués. En caso de que el interesado no pueda acreditar dicho nivel de conocimiento, deberá optar por una de las dos opciones siguientes:
a) Asistir a un curso del idioma correspondiente organizado por FIFEDE, que deberá superarse.
b) Superar una prueba de nivel para comprobar el nivel de conocimiento.
PROYECTOS SUBVENCIONABLES:
estancia de cinco meses en entidades colaboradoras de Marruecos, Senegal, Cabo Verde y Mauritania: entes públicos, empresas privadas y entidades del tercer sector (en adelante, referidas como entidad de acogida)
FINANCIACIÓN:
La ayuda objeto de concesión se diferencia en dos partes. Una que consiste en el abono al beneficiario/a de 500 euros brutos mensuales durante el periodo de duración las prácticas formativas en concepto de dieta para gastos de manutención y compensación por gastos transporte, importe al que se le practicarán los descuentos y retenciones que legalmente procedan y que se abonará a mes vencido.
Otra parte se abonará en especie, y consistirá en la cobertura de los gastos seguidamente indicados, que serán gestionados y asumidos por FIFEDE en el marco del proyecto:Billetes de avión (ida y vuelta).
Alojamiento en régimen de alquiler en la vivienda concertada a tal efecto por FIFEDE que será de uso compartido con otros/as beneficiarios/as de las ayudas.
Seguro de Asistencia en Viaje.Visado, si fuera necesario, y vacunas obligatorias.
En el caso de que el importe de los visados y vacunas obligatorias hubiera sido abonado por la persona beneficiaria, FIFEDE, previo justificante, podrá reembolsar los gastos correspondientes.