OBJETIVO:
Establecer
las normas reguladoras de la concesión de las subvenciones a los alumnos
de los Institutos de Formación Profesional Marítimo Pesqueros
dependientes de la Consejería de Agricultura, Ganadería, Pesca y
Alimentación por la realización del módulo de Formación en Centros de
Trabajo.
ACCIONES Y BENEFICIARIOS:
Podrán
acogerse a las subvenciones reguladas en estas bases, los alumnos de
los Institutos de Formación Profesional Marítimo Pesqueros dependientes
de la Consejería de Agricultura, Ganadería, Pesca y Alimentación, que
cumplan los siguientes requisitos:
a) Que cursen Ciclos Formativos Marítimo Pesqueros en cualquiera de sus especialidades.
b) Que realicen por primera vez el módulo de Formación en Centros de Trabajo (FCT).
c)
Que se desplacen a un municipio distinto de aquel donde radique la sede
del Instituto de Formación Profesional Marítimo Pesquero donde cursen
sus estudios, y que éste no sea el municipio donde residan.
d)
Que la distancia a recorrer desde la sede del Instituto hasta el centro
de trabajo sea superior a 70 kilómetros, en trayecto de ida y vuelta.
e)
Que no estén incursos en las prohibiciones establecidas en el artículo
13 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.
f) Que estén dados de alta de terceros en el Sistema Económico Financiero de la Comunidad Autónoma de Canarias (S.E.F.C.A.N.).
GASTOS SUBVENCIONABLES:
Se
consideran gastos subvencionables los costes adicionales derivados de
la realización del módulo de Formación en Centros de Trabajo, por parte
de los alumnos de los Institutos de Formación Profesional Marítimo
Pesqueros, dependientes de la Consejería de Agricultura, Ganadería,
Pesca y Alimentación.
Estos
costes adicionales consisten en los distintos gastos de desplazamiento
en transportes colectivos e individuales, alojamiento y comidas,
imprescindibles y necesarios para poder realizar estos módulos.
FINANCIACIÓN:
CUANTÍA MÁXIMA |
CONDICIÓN |
312,27 euros |
cuando
el desplazamiento al centro de trabajo se realice a un municipio
distinto de aquel donde radica la sede del Instituto de Formación
Profesional Marítimo Pesquero donde se cursan los estudios. (POR
BENEFICIARIO) |
468,39 euros |
cuando
el desplazamiento al centro de trabajo se realice a un municipio
distinto de aquel donde radica la sede del Instituto de Formación
Profesional Marítimo Pesquero donde se cursan los estudios. (POR
BENEFICIARIO) |
624,52 euros
|
cuando
el desplazamiento al centro de trabajo sea a otra isla distinta a
aquella donde radica la sede del Instituto de Formación Profesional
Marítimo Pesquero donde se cursan los estudios y a un municipio distinto
a aquel donde reside el alumno. (POR BENEFICIARIO) |