Cabildo Insular de Tenerife
CONVOCATORIA DE AYUDAS ECONÓMICAS INDIVIDUALES A MIEMBROS DE FAMILIA BIO-LÓGICA Y/O EXTENSA DE MENORES DECLARADOS EN SITUACIÓN DE DESAMPARO QUE ESTÉN O HAN ESTADO EN ACOGIMIENTO RESIDENCIAL, ASÍ COMO DE EXTUTELADOS/AS DE LA RED DE ACOGIMIENTO RESIDENCIAL, PARA EL EJERCICIO DE 2015
OBJETIVO:
concesión de ayudas económicas individuales a miembros de familia biológica y/o extensa de menores declarados en situación de desamparo que estén o han estado en acogimiento residencial, así como de extutelados/as de la Red de Acogimiento Residencial, con el fin de atender situaciones concretas, de necesidad o emergencia
social, que no hayan sido cubiertas por otra Administración Pública u otras entidades
ACCIONES Y BENEFICIARIOS:
Podrán ser beneficiario/as de las ayudas las personas físicas que reúnan los requisitos siguiente:
1.- Ser familiar y/o allegado (familia extensa) de menores declarados en situación de desamparo y que están, o han estado acogidos en Centro de menores, así como extutelados/as de la Red de Acogimiento Residencial.
2.- Tener la residencia en cualquiera de los municipios de la Isla de Tenerife.
3.- Carecer de i
ngresos económicos propios, o en el caso de tenerlos, que en cómputo mensual, divididos por el número de miembros que dependan económicamente de la persona solicitante, no sean superiores al indicador público de renta de efectos múltiples (IPREM) vigente para el año 2015, excluida la parte proporcional de dos pagas extraordinarias, más el 10 % si la persona solicitante tiene reconocida una discapacidad en grado igual o superior al 33 por 100, así como, por cada hijo/a menor con discapacidad o persona mayor dependiente que conviva con la unidad familiar. Excepcionalmente se podrá conceder la ayuda económica a solicitantes que dispongan de ingresos superiores al IPREM, siempre y cuando se justifique tal excepcionalidad mediante informe, con el visto bueno, de la Dirección de la Unidad de Infancia y Familia, que valorará circunstancias sociales y o económicas excepcionales, como por ejemplo, salida del país de la unidad familiar, reposición de mobiliario de la vivienda habitual debido a la rotura por parte de algún miembro de la familia, etc.
4.- Acreditar documentalmente, o mediante informe, la situación de necesidad y/o emergencia social que motiva la solicitud de la ayuda económica por el concepto de que se trate.
5.- Estar participando en el Proyecto de Atención Familiar (PAF), relativo a la situación de desprotección del o la menor. En el caso de mayores de edad que fueron menores acogidos en algún centro de la Red de Acogimiento Residencial, siempre que se encuentren participando activamente en el seguimiento realizado por parte del equipo de profesionales.
GASTOS SUBVENCIONABLES:
recogido en el apartado enlace
PLAZO DE PRESENTACIÓN:
El plazo de presentación de solicitudes será desde el 20 de abril hasta el 16 de diciembre de 2015