Ministerio de Asuntos Económicos y Transformación Digital
EXTRACTO DE LA RESOLUCIÓN DE 5 DE OCTUBRE DE 2022, DE LA DIRECCIÓN GENERAL DE LA ENTIDAD PÚBLICA EMPRESARIAL RED.ES, M.P. POR LA QUE SE CONVOCAN LAS AYUDAS DESTINADAS A LA DIGITALIZACIÓN DE EMPRESAS DEL SEGMENTO III (ENTRE 0 Y MENOS DE 3 EMPLEADOS) EN EL MARCO DE LA AGENDA ESPAÑA DIGITAL 2026, EL PLAN DE DIGITALIZACIÓN PYMES 2021-2025 Y EL PLAN DE RECUPERACIÓN, TRANSFORMACIÓN Y RESILIENCIA DE ESPAÑA -FINANCIADO POR LA UNIÓN EUROPEA- NEXT GENERATION EU (PROGRAMA KIT DIGITAL)
OBJETIVO:
derecho al cobro se denomina a los efectos de esta convocatoria "bono digital") de esta Convocatoria tienen la consideración de subvención directa, otorgadas mediante el procedimiento de concurrencia no competitiva, y consistirán en disposiciones dinerarias destinadas a financiar la adopción de soluciones de digitalización disponibles en el mercado cuyas referencias se encuentren accesibles en el Catálogo de Soluciones de Digitalización del Programa Kit Digital
ACCIONES Y BENEFICIARIOS:
Pequeñas empresas o Microempresas entre 0 y menos de 3 empleados
PROYECTOS SUBVENCIONABLES:
Todas las Categorías de Soluciones de Digitalización exigirán a las soluciones de digitalización:
I. Sitio web y presencia en internet
II. Comercio electrónico
III. Gestión de redes sociales
IV. Gestión de clientes
V. Business Intelligence y Analítica
VI. Gestión de procesos
VII. Gestión de la facturación y factura electrónica.
VIII. Servicios y herramientas de oficina virtual.
IX. Comunicaciones seguras.
X. Ciberseguridad.
XI. Presencia avanzada en internet.
XII. Marketplace.
XIII. Servicio de Ciberseguridad Gestionada.
XIV. Gestión de clientes con IA asociada.
XV. Business Intelligence y analítica e IA asociada.
XVI. Gestión de procesos con IA asociada.
XVII. Puesto de trabajo seguro.»
FINANCIACIÓN:
el importe máximo de ayuda por beneficiario será de dos mil euros (2.000 €), al estar dirigidas únicamente al Segmento III.
PLAZO DE PRESENTACIÓN:
El plazo de presentación de solicitudes se iniciará el 20 de octubre de 2022 a las 11:00 horas y finalizará el 31 de diciembre de 2024 a las 11:00 horas, de conformidad con el artículo 13.2.g) de la Ley 38/2003, de 17 de diciembre, General de Subvenciones, en relación con el artículo 26.1 de la Orden de Bases. Este plazo concluirá antes si se agotase el crédito presupuestario establecido en el apartado tercero de la presente Convocatoria.
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