Universidad de La Laguna
RESOLUCIÓN DE 12 DE MAYO DE 2020, POR LA QUE SE CONVOCAN AYUDAS DESTINADAS A ALUMNADO DE ESTA UNIVERSIDAD CON ESPECIALES DIFICULTADES ECONÓMICAS, PARA EL AÑO 2020.
OBJETIVO:
Ayudas a estudiantes de grado que acrediten especiales dificultades económicas para afrontar el coste de sus estudios, debido a circunstancias sobrevenidas que produzcan un desequilibrio de la economía familiar, siempre que no estén ni puedan ser subvencionados con otras ayudas oficiales y que dichas circunstancias repercutan negativamente en su rendimiento académico.
ACCIONES Y BENEFICIARIOS:
Tendrán prioridad en el otorgamiento de ayudas las personas solicitantes que acrediten una situación sobrevenida, en todo caso posterior al 1 de enero de 2019, de fallecimiento, enfermedad grave, quiebra empresarial o situación de desempleo que, según proceda, afecte a la persona solicitante o al miembro o a los miembros de la unidad de convivencia que generan los recursos personales o familiares, ocasionando ruina económica conducente a una situación acreditada de desamparo.
Podrá participar en la convocatoria y acceder a las ayudas previstas el alumnado de estudios
de grado de la Universidad de La Laguna que cumpla además los siguientes requisitos:
2.1.- ACADÉMICOS.
A) El alumnado que continúa estudios universitarios, tanto en la misma titulación como en
otra diferente, deberá acreditar haber superado un mínimo de 24 créditos en el último
curso académico realizado.
Tratándose de solicitantes afectados de manera sobrevenida por una situación de
fallecimiento, enfermedad o desempleo, acaecida después del 1 de enero de 2019 y
conducente a una situación de quiebra económica, las exigencias de rendimiento
académico mínimo serán ponderadas respecto del curso académico 2018-2019 por la
Comisión a que se refiere la base 10ª.
B) No estar en posesión o no reunir los requisitos legales para obtener un título del mismo
o superior nivel al correspondiente a los estudios para los que solicita la ayuda, salvo
que se obtenga en el primer o segundo cuatrimestre del curso académico 2019-20.
2.2.- ECONÓMICOS.
Es objetivo irrenunciable de la ULL establecer un procedimiento de baremación que garantice
el otorgamiento de ayudas al alumnado que realmente las necesite en el marco de una
política asistencial sostenida con fondos públicos.
En consecuencia, la documentación económica que se solicita pretende determinar la
capacidad económica real de la unidad convivencial y no exclusivamente la que deriva de los
ingresos obtenidos por su unidad familiar.
2.2.1.- Teniendo rentas del trabajo o de actividades económicas.
A. No superar los 15.000 euros de renta per cápita en el ejercicio 2018 a que se refiere la
declaración de la renta.
B. No superar la cantidad de 155.500 € en volumen de facturación en el ejercicio a que se
refiere la declaración de la renta, cuando algún miembro computable de la unidad familiar
sea titular de actividad económica (RAE) en estimación objetiva o directa.
2.2.2.- Teniendo rentas de patrimonio inmobiliario o rentas de capital mobiliario.
En el caso de solicitantes con patrimonio inmobiliario y con ingresos derivados del
rendimiento de capital mobiliario:
A. No superar por separado o conjuntamente el rendimiento neto del capital mobiliario de la
unidad de convivencia declarada por la persona solicitante la cantidad de 1000 €, ni la
cantidad de 42.900 euros de valor acumulado de patrimonio mobiliario
B. No superar el valor catastral acumulado del patrimonio inmobiliario urbano computable,
excluido el valor de la vivienda familiar, la cantidad de 42.900 euros, calculado dicho valor
aplicando los coeficientes de ponderación que establece el artículo 11.1.a) de la
convocatoria general de becas del Ministerio de Educación y Ciencia, publicada en el
BOE de 31 de julio de 2019.
C. No superar el valor catastral acumulado del patrimonio inmobiliario rústico computable la
cantidad resultante de multiplicar 13.130 € por el número de miembros computables de la
unidad de convivencia.
FINANCIACIÓN:
El importe de la ayuda será equivalente al precio de los créditos matriculados, hasta un máximo de 1.500 euros.
PLAZO DE PRESENTACIÓN:
Hasta el 10 de junio de 2020