CONSEJERÍA DE TURISMO Y EMPLEO
EXTRACTO DE LA ORDEN DE 12 DE DICIEMBRE DE 2023, POR LA QUE SE APRUEBAN LAS BASES QUE HAN DE REGIR LA CONCESIÓN DE SUBVENCIONES DESTINADAS A FINANCIAR PROYECTOS PARA LA CREACIÓN Y MANTENIMIENTO DE OFICINAS TÉCNICAS DE PREVENCIÓN DE RIESGOS LABORALES, Y SE EFECTÚA LA CONVOCATORIA DE CONCURRENCIA COMPETITIVA PARA EL EJERCICIO 2023.
OBJETIVO:
Concesión de subvenciones a proyectos en materia de prevención de riesgos laborales para la creación y/o mantenimiento de oficinas técnicas con el objetivo de mejorar la gestión e integración de la prevención de riesgos laborales en empresas en Canarias
ACCIONES Y BENEFICIARIOS:
Las organizaciones sindicales, las organizaciones empresariales sectoriales e intersectoriales y las asociaciones de trabajadores autónomos que ejerzan su actividad en la Comunidad Autónoma de Canarias.
GASTOS SUBVENCIONABLES:
A. Gastos subvencionables en Proyectos de asesoramiento:
Para todos los servicios de asesoramiento y asistencia técnica se admitirá la imputación de la jornada máxima anual de al menos un Técnico Superior en PRL. Retribuciones del personal que realice los servicios de asesoramiento y asistencia técnica destinados al desarrollo del proyecto, deberá acreditar que el personal es destinado de forma expresa para el proyecto y justificar su necesidad en la memoria del proyecto. En estos proyectos, el personal técnico superior en PRL, podrá ser auxiliado en una proporción horaria correspondiente al 20% de su jornada asignada al proyecto de asistencia técnica, por personal administrativo o personal técnico, en tareas que estén directamente relacionadas con el asesoramiento.
También serán subvencionables la publicidad y las campañas de comunicación del apartado 7 de la base 4ª.
El importe de estas actividades no podrá superar el 10% del presupuesto total del proyecto.
B. Gastos subvencionables en Proyectos de formación:
1. Serán subvencionables los siguientes gastos:
• Gastos de personal docente, el tope máximo subvencionable por este concepto, será el importe resultante de multiplicar 50 € por el número de horas de duración del curso.
• Otros gastos que, en su conjunto, no sobrepasarán los 35 € por alumno:
– Material de oficina.
– Seguros de accidentes y de responsabilidad civil, con cobertura para toda la duración de la acción formativa (si fuese presencial).
– Material didáctico entregado al alumnado y necesario para la formación (incluido equipo de protección individual).
– Diplomas.
C. Gastos subvencionables en la documentación técnico-divulgativa: Serán subvencionables los gastos de elaboración, impresión y difusión de folletos, carteles, trípticos, libros o mailing en materia de PRL, de apoyo a los servicios de asesoramiento y asistencia técnica, y/o a las acciones formativas. Estos gastos no podrán superar el 20% del importe total de la subvención.
FINANCIACIÓN:
Solamente podrá ser objeto de subvención un proyecto de los presentados por cada una de las entidades u organizaciones solicitantes. Cada proyecto será subvencionado con una cantidad máxima de cuarenta mil (40.000,00) euros y con un mínimo de diez mil (10.000,00) euros.