CONSEJERÍA DE POLÍTICA TERRITORIAL, COHESIÓN TERRITORIAL Y AGUAS
EXTRACTO DE LA ORDEN DE 30 DE ABRIL DE 2024, POR LA QUE SE CONVOCAN SUBVENCIONES DESTINADAS A LOS AYUNTAMIENTOS DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA DE CANARIAS PARA LA REDACCIÓN DEL PLAN GENERAL DEL MUNICIPIO Y PLANES DE DESARROLLO.
OBJETIVO:
subvenciones destinadas a los Ayuntamientos de la Comunidad Autónoma de Canarias para la redacción del Plan General del Municipio y Planes de Desarrollo de conformidad con lo previsto en las bases reguladoras
ACCIONES Y BENEFICIARIOS:
Podrán beneficiarse de estas subvenciones los Ayuntamientos de la Comunidad Autónoma de Canarias que acrediten que, por el órgano competente, se ha acordado la realización de los trabajos técnicos de redacción de documentos urbanísticos y ambientales necesarios para la celebración del trámite correspondiente del procedimiento de aprobación del planeamiento general, o de una modificación sustancial o menor del mismo, o de planes parciales y especiales de iniciativa pública, de conformidad con la normativa urbanística y ambiental y cualquier otra que resulte de aplicación.
GASTOS SUBVENCIONABLES:
el gasto a subvencionar es el costo derivado de la contratación de los servicios profesionales precisos para la redacción de los trabajos técnicos que constituye la actividad subvencionable, y deben corresponder a fases ya finalizadas y no facturadas ni pagadas por la Corporación en el ejercicio corriente e inmediatamente anterior, dándose prioridad a aquellos que tengan más avanzada su fase de redacción, así como a fases a desarrollar en el ejercicio corriente o inmediato posterior, si las disponibilidades presupuestarias lo permiten.
FINANCIACIÓN:
La cuantía de la subvención no podrá ser superior al 75 por 100 del presupuesto total de los trabajos presentados y/o facturados, salvo que se trate de un municipio de menos de 5.000 habitantes, en cuyo caso podrá llegar al 100 por 100 del presupuesto del trabajo
PLAZO DE PRESENTACIÓN:
El plazo de presentación de las solicitudes será de quince días naturales, que comenzará a contarse a partir del día siguiente a la publicación de esta Orden en el Boletín Oficial de Canarias: 29 de mayo 2024.