CONSEJERÍA DE TRANSICIÓN ECOLÓGICA Y ENERGÍA
EXTRACTO DE LA ORDEN DE 26 DE SEPTIEMBRE DE 2023, POR LA QUE SE APRUEBAN LAS BASES REGULADORAS Y SE CONVOCAN SUBVENCIONES DESTINADAS A LOS CENTROS HABILITADOS PARA LA RECOGIDA DE ESPECIES EXÓTICAS INVASORAS ADHERIDOS A LA RED DE ALERTA TEMPRANA DE CANARIAS PARA LA DETECCIÓN E INTERVENCIÓN DE ESPECIES EXÓTICAS INVASORAS (REDEXOS), PARA EL EJERCICIO 2023.
OBJETIVO:
sufragar los gastos derivados del mantenimiento y gestión de los ejemplares de especies exóticas invasoras depositados con carácter temporal en las instalaciones de los centros habilitados para la recepción de especies exóticas invasoras
Las subvenciones tendrán como finalidad contribuir a la adecuada gestión de la fauna considerada invasora en el marco de RedEXOS. También irán destinadas a sufragar gastos derivados de la participación de los centros en actuaciones concretas o líneas de trabajo que se impulsen desde RedEXOS.
ACCIONES Y BENEFICIARIOS:
Podrán obtener la condición de beneficiario de las presentes subvenciones, aquellos centros habilitados por la Dirección General competente en materia de biodiversidad para la recogida de especies exóticas invasoras que hayan formalizado la adhesión a RedEXOS, cuyo domicilio social se encuentre en el ámbito geográfico de la Comunidad Autónoma de Canarias y que desarrollen su actividad en esta Comunidad
GASTOS SUBVENCIONABLES:
A. Mejoras en infraestructuras y dotaciones.
1) Recintos destinados a albergar ejemplares de especies invasoras depositados en el centro.
2) Zona de clínica y cuarentena.
3) Medidas de seguridad de los recintos.
4) Infraestructuras y dotaciones aptas para el desarrollo de estudios de muestreos, mejora de métodos de control y verificación de la metodología de captura de especies exóticas localizadas en el centro.
5) Obras a realizar para la adecuación de infraestructuras existentes a los requerimientos de la Red de Alerta.
B. Proyectos que mejoren los protocolos de actuación de RedEXOS.
1) Atención veterinaria: se valorarán los proyectos de atención veterinaria dirigidos a la valoración de los ejemplares depositados en las instalaciones de los centros habilitados.
2) Medios materiales y personales.
3) Iniciativas destinadas a la formación de los equipos de intervención de RedEXOS (identificación de especies exóticas, trampeo y manejo).
4) Acciones diferentes a las anteriores que guarden finalidad con los objetivos de RedEXOS.
C. Iniciativas de divulgación, sensibilización y buenas prácticas con especies exóticas.
D. Gastos derivados del mantenimiento en cautividad de ejemplares de fauna exótica invasora que hayan sido depositados en los centros.
E. Aquellas otras actuaciones adicionales que se definan en la correspondiente convocatoria.
FINANCIACIÓN:
El importe de las subvenciones en ningún caso podrá ser de tal cuantía que supere el coste de la actividad o inversión subvencionada.
a) El importe de la subvención podrá ser hasta del 100% del coste de la actuación completa.
b) Se podrán subvencionar aquellas actuaciones que se encuentren relacionadas en la base 5.ª, hasta una cuantía total máxima por beneficiario de 80.000 euros.
c) Se subvencionará, como mínimo, a cada centro habilitado la iniciativa mejor valorada conforme la base 10.ª, y por una cuantía máxima de 50.000 euros.