CONSEJERÍA DE BIENESTAR SOCIAL, IGUALDAD, JUVENTUD, INFANCIA Y FAMILIAS
EXTRACTO DE LA ORDEN DE 19 DE JUNIO DE 2024, POR LA QUE SE APRUEBAN LAS BASES QUE RIGEN LA CONCESIÓN, EN RÉGIMEN DE CONCURRENCIA COMPETITIVA, DE SUBVENCIONES DESTINADAS A LA EJECUCIÓN DE PROYECTOS EN EL ÁREA DE INFANCIA Y FAMILIAS PARA EL AÑO 2024, Y SE EFECTÚA LA CORRESPONDIENTE CONVOCATORIA PARA EL PRESENTE EJERCICIO PRESUPUESTARIO.
OBJETIVO:
desarrollo de acciones destinadas a proyectos sociales de apoyo a la infancia y las familias.
ACCIONES Y BENEFICIARIOS:
Podrán participar las entidades que reúnan los siguientes requisitos:
a) Entidades de derecho privado.
Tratarse de una persona jurídica constituida y regida con arreglo al derecho privado. Se incluyen en este ámbito las entidades que perteneciendo al sector público fueren constituidas y se rigieran por normas de derecho privado.
b) Carecer de fines de lucro.
Las entidades conforme a su naturaleza jurídica, así como lo expresado en sus normas fundacionales, deberán desarrollar el conjunto de su actividad sin ánimo de lucro.
c) Fines.
Tener recogidos en sus estatutos fines institucionales adecuados a la finalidad de la subvención y propios para la realización de las actividades consideradas subvencionables, de acuerdo con lo previsto en estas bases, con al menos un año de antelación a la fecha del último día de presentación de solicitudes.
d) Ámbito territorial de actuación.
Desarrollar sus actividades de manera real y efectiva en el ámbito de la Comunidad Autónoma de Canarias.
GASTOS SUBVENCIONABLES:
Gastos de personal.
Gastos corrientes-mantenimiento.
Gastos de actividades.
FINANCIACIÓN:
La cuantía máxima de la subvención a conceder podrá ser hasta el 100% del plan de financiación que sea aceptado por la Administración, sin que, en ningún caso, aisladamente o en concurrencia con otras ayudas, subvenciones, ingresos o recursos pueda superar el coste total de la acción subvencionada.
LA a cuantía individualizada de la subvención solicitada por cada proyecto no podrá ser inferior a 8.000,00 € ni superior a 80.000,00 € y la cuantía máxima por persona jurídica (entidad) será de 160.000,00 euros. Solo serán admisibles un máximo de 2 proyectos por persona jurídica (entidad), independientemente de la tipología en la que se enmarque el proyecto.
PLAZO DE PRESENTACIÓN:
El plazo de presentación de solicitudes será de diez (10) días hábiles contados a partir del día siguiente al de la publicación de la presente convocatoria en el Boletín Oficial de Canarias: 16 de julio 2024