Cabildo Insular de Tenerife
EXTRACTO DE LA CONVOCATORIA DE SUBVENCIONES PARA LA CREACIÓN, PRODUCCIÓN Y DESARROLLO DE PROYECTOS AUDIOVISUALES, 2024
OBJETIVO:
a
financiación parcial de los gastos de
producción de largometrajes y cortometrajes y de
desarrollo de largometrajes cinematográficos, de
imagen real y de animación, tanto de ficción como
documental, que se realicen entre el 1 de enero de
2024 y el 31 de diciembre de 2026
ACCIONES Y BENEFICIARIOS:
Empresas o empresarios
y empresarias individuales relacionados con la
actividad audiovisual, que tengan su sede social y
domicilio fiscal en la isla de Tenerife, y que estén
dados de alta en el censo de actividades económicas
de la AEAT con anterioridad al 30 de junio de
2022 (excepto los solicitantes de la Modalidad
C). En todos los casos, deben estar inscritos
como productoras audiovisuales en el Registro de
Empresas Audiovisuales de Canarias o en el Registro
Administrativo de Empresas Cinematográficas y
Audiovisuales del Ministerio de Cultura y Deporte.
PROYECTOS SUBVENCIONABLES:
Cada solicitante puede presentar hasta 5 proyectos
y un máximo de 2 por modalidad; y en ningún caso
un mismo solicitante podrá ser beneficiario de más
de una subvención por modalidad ni más de tres
proyectos de distintas modalidades
GASTOS SUBVENCIONABLES:
Gastos de personal relativos al funcionamiento del proyecto: se incluirán los gastos derivados de la contratación y prestación de servicios personales ya sea de forma fija o temporal.
Se incluyen salarios y seguros sociales. No se incluyen penalizaciones o compensaciones por incumplimiento del contrato achacables a la beneficiaria de la subvención, ni recargos por impago o retrasos en impuestos retenidos o seguridad social.
Servicios profesionales: entendiendo por tales los requeridos por el proyecto para la realización de cursos, talleres, publicaciones, asistencias técnicas u otras necesidades contempladas en el proyecto y que no impliquen relación laboral.
Prima de seguro de responsabilidad civil por daños a terceras personas, en el supuesto de que la entidad beneficiaria realice actividades de información, orientación y asesoramiento en su local social, o seguros contratados para la ejecución puntual de actividades dirigidas a terceras personas.
Adquisición de material fungible, que tenga una duración previsiblemente inferior al año, y no sea inventariable.
Gastos de publicidad y propaganda, y difusión del proyecto (máximo 10% del importe concedido).
Gastos de traslados desde fuera de la isla de Tenerife, alojamiento y manutención de profesionales.
Gastos de refrigerio o aperitivo durante el desarrollo de las actividades. El gasto máximo no superará el 3% del importe subvencionado. En la factura deberá constar la actividad relacionada.
Alquiler de transporte colectivo o adquisición de bonos de transporte público para facilitar el desplazamiento de las personas beneficiarias a las actividades
Arrendamientos de instalaciones para el desarrollo de las actividades propias del proyecto.
Alquiler de materiales: sillas, mesas, pizarras, medios audiovisuales e informáticos, etc.
Costes indirectos de la realización de la actividad hasta un máximo del 2% del importe otorgado, considerando como tales los gastos de agua, electricidad y telefonía.
Gastos de auditoría externa destinados a la preparación de la documentación justificativa de la subvención concedida, siendo imputable en su totalidad el gasto derivado de la misma a la subvención concedida, de acuerdo con los precios del mercado.
FINANCIACIÓN:
s.
La cuantía de la subvención podrá consistir
en un importe de 90 mil euros para la producción
de largometrajes en la modalidad A; 45 mil euros
si se trata de la modalidad B; en la modalidad C
se establecen 10 mil euros para cortometrajes de
imagen real o 15 mil euros si se trata de animación; y
para la modalidad D, de desarrollo de largometrajes,
15 mil euros.